En Conjunto, Purgarán 174 Años en Prisión

José Iván López Guerrero “El Bebé” | Juan Alberto Molina Esparza “El Güero” | Luis Daniel González Cordero “El Dany”
Severa condena reciben lo secuestradores Juan Alberto Molina Esparza “El Güero”, Luis Daniel González Cordero “El Dany” y José Iván López Guerrero “El Bebé”; el castigo más elevado hasta el momento en el Sistema Penal Acusatorio en Aguascalientes.
Juan Alberto, por secuestro, violación equiparada y delitos contra la salud, fue sentenciado a 58 años y cuatro meses de prisión; Luis Daniel y José Iván a 57 años y seis meses por secuestro y violación equiparada.
Todo comenzó la madrugada del 5 de octubre de 2015, cuando los hoy sentenciados acudieron a un domicilio situado en el fraccionamiento La Rivera, San Francisco de los Romo, portando cada uno de ellos un arma punzocortante. Al ingresar, obligaron a la víctima, un hombre cuya identidad no fue revelada, a salir de la casa para trasladarlo a un sitio en esa misma zona habitacional, propiedad de “El Güero”, quien minutos después arribó al lugar.
Los sujetos golpearon salvajemente a la persona, realizando todo tipo de vejaciones, quemaduras, cortadas e inclusive lo sodomizaron con un objeto contundente, además de realizarle diversas grabaciones para enviarlas a sus padres a efecto de obligarlos a pagar la cantidad de 30 mil pesos por la liberación de su hijo.
Fue aproximadamente a las 14:00 horas de ese mismo día cuando derivado de un reporte realizado por vecinos del lugar, policías preventivos lograron la detención en flagrante delito de los sentenciados, liberando de inmediato a la víctima.
Los sujetos fueron puestos a disposición del Ministerio Público adscrito a la Unidad Especializada de Combate al Secuestro de esta Fiscalía General y, tras la investigación inicial del caso, se realizó la audiencia inicial, siendo vinculados a proceso con prisión preventiva oficiosa y así dar paso a la investigación complementaria.
Durante la tramitación del proceso, fue necesario desahogar la prueba anticipada consistente en la declaración de la víctima con el fin de velar por su seguridad, toda vez que existía el riesgo fundado de que pudieran atentar contra su vida; sin embargo, en la etapa intermedia, dicha prueba fue excluida por el Juez de Control al establecer que el afectado debía presentarse a declarar a la audiencia de juicio, decisión que fue revocada mediante el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía, en donde los magistrados del Supremo Tribunal concluyeron que la prueba debía admitirse y ser tomada en cuenta en la audiencia de juicio.
Asimismo, durante el procedimiento hubo la necesidad de realizar las gestiones para el traslado de un investigador ministerial que participó en la investigación, mismo que labora en la Fiscalía de un estado del sur del país, lugar donde radican los padres de la víctima, toda vez que coadyuvó en el acopio de importantes datos de prueba materiales que fueron fundamentales para el esclarecimiento de la verdad histórica de los hechos.
El miércoles, en audiencia de individualización de sanciones penales, el Tribunal de Enjuiciamiento condenó a Juan Alberto Molina Esparza a 58 años y cuatro meses en prisión por la comisión de los delitos de secuestro, violación equiparada y contra la salud, igualmente fueron encontrados culpables de los delitos de secuestro y violación equiparada Luis Daniel González Cordero y José Iván López Guerrero, quienes fueron condenados a 57 años y seis meses de prisión cada uno.
Además, cada uno de los sentenciados deberá pagar una multa que en total suma 827 mil 972 pesos. La reparación del daño se cuantificará en ejecución de sentencia.







