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Inspeccionado no Acreditó la Legal Procedencia del Subproducto

Realiza Profepa recorridos de inspección y vigilancia en municipios de la entidad para prevenir aprovechamiento ilegal del laurel

Realiza Profepa recorridos de inspección y vigilancia en municipios de la entidad para prevenir aprovechamiento ilegal del laurel

Mediante un operativo para com­batir el tráfico de vida silvestre permitió a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profe­pa) decomisar 477 kilos de hojas y ramas de Laurel silvestre (Litsea glaucescens) en el estado de Aguas­calientes, debido a que el propietario no contaba con la documentación para acreditar su legal procedencia.

Personal de la Delegación Federal de la Profepa en la entidad realizó recorridos de inspección y vigilancia en municipios de Aguascalientes, en coordinación con autoridades de los tres niveles de gobierno, para la protección del Laurel silvestre, el cual está enlistado en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SE­MARNAT-2010 en la categoría de especie En Peligro de Extinción (P).

Esta acción se lleva a cabo del 5 al 9 del presente mes, a fin de com­batir el aprovechamiento ilegal de Laurel silvestre que se ubica en las áreas naturales del estado.

Durante el operativo, inspectores fede­rales de la Profepa detectaron un vehículo cargado con 38 manojos de ramas de Laurel silvestre, con un peso aproximado de 477 kilogramos, motivo por el cual se le solicitó al inspeccionado la documen­tación que avalara su legal procedencia, pero durante la diligencia no los presentó.

Al carecer de los mismos, se procedió a levantar las actas de inspección y ase­guramiento correspondientes. El respon­sable podría ser acreedor a las sanciones establecidas en la Ley General de Vida Silvestre.

Cabe señalar que la Profepa inten­sifica sus recorridos de inspección y vigilancia en la entidad para evitar se utilice el Laurel silvestre en las ceremo­nias del Domingo de Ramos y prevenir su aprovechamiento ilegal que merma las poblaciones de esta planta en peligro de extinción.

Cabe señalar que poseer ejemplares de vida silvestre que se encuentran en riesgo conforme a la NOM-059-SEMAR­NAT-2010 sin contar con la documenta­ción que acredite su legal procedencia, constituye un delito que puede ser casti­gado con privación de la libertad de dos a diez años, conforme al artículo 420 fracción IV del Código Penal Federal.