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Está Registrado Como “Guillermo Waisburd Kretinger”

Por Sara Álvarez Fernández

El SAT condonó decenas de créditos fiscales, varios de ellos de montos millonarios

El SAT condonó decenas de créditos fiscales, varios de ellos de montos millonarios

Durante 2016 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) condonó decenas de créditos fiscales a contribuyentes de Aguascalientes, algunos con deudas millonarias.

El monto mayor lo tiene una persona registrada como “Guillermo Waisburd Kretinger” a quien le condonó 93 millones 602 mil 525 pesos y tiene su domicilio fiscal en el estado.

Otras condonaciones millonarias son las de Isabel Morales Ruiz con dos millones 594 mil 602 pesos, Adán Ignacio Uribe Michel dos millones 29 mil 501, Francisco Manuel Díaz García un millón 30 mil 148 pesos, Samantha Alejandra Mares Carrillo un millón 205 mil 825 y Alberto Ponce Gutiérrez un millón 627 mil pesos.

Se les condonó la misma cantidad –un millón 682 mil 162 pesos– a Conrado, Gerardo y Jaime González Sandoval.

Lo mismo sucedió con los contribuyentes Arturo Becerril Sanchez y Alicia Betancourt Solis, ambos con condonación idéntica de un millón 189 mil 355 pesos.

Otros contribuyentes con domicilio fiscal en Aguascalientes que aparecen en la lista de beneficiados son Reynaldo Bernardi Manica con 913 mil 473 pesos, Benito Bua Delgado 779 mil 93, Miguel Hector Cantú Gastelum 809 mil 659, Enriqueta Noemi Diener Arrigunaga 475 mil, Juan Alberto de La Fuente Castro 918 mil 939, Josá Gónzalez Cobián Medrano 789 mil 292, José González Cobián Rodríguez 624 mil 833 y Jesús Eduardo Lozano Ochoa 605 mil 428 pesos, entre otros.

La condonación de créditos fiscales está señalada en el Código Fiscal de la Federación.

El artículo 21 refiere: “Las autoridades fiscales podrán condonar total o parcialmente los recargos derivados de un ajuste a los precios o montos de contraprestaciones en operaciones entre partes relacionadas, siempre que dicha condonación derive de un acuerdo de autoridad competente sobre las bases de reciprocidad, con las autoridades de un país con el que se tenga celebrado un tratado para evitar la doble tributación, y dichas autoridades hayan devuelto el impuesto correspondiente sin el pago de cantidades a título de intereses.

En ningún caso las autoridades fiscales podrán liberar a los contribuyentes de la actualización de las contribuciones o condonar total o parcialmente los recargos correspondientes”