La Mayoría Acusados de Robo: Jesús Alberto Gaviño Ortiz
Por Sara Álvarez Fernández
En lo que va del año el Instituto Nacional de Migración (INM) ha deportado de Aguascalientes a 50 extranjeros por estar involucrados en algún problema judicial; “sobre todo por cometer el delito de robo, o que cumplieron alguna pena y deben regresar a su país”, refirió Jesús Alberto Gaviño Ortiz, delegado de la dependencia en el estado.
Agregó que a la fecha 708 personas han sido alojadas en la Estación Migratoria del INM, sin que se hayan registrado una “detención masiva” de extrajeros en situación irregular ni en las inspecciones ni por avisos de la ciudadanía.
Y sobre las denuncias en el aspecto migratorio, el funcionario refirió que son mínimos los casos y la mayoría son sólo sospechas.
“Nos llaman y nos dicen: ‘un extranjero maltrata a su esposa’, ‘una extranjera maltrata a sus hijos’ o ‘un extranjero tiene comportamiento sospechoso’, pero nunca con tintes discriminatorios”.
Personal de Migración acude a realizar las revisiones y certifica que el extranjero está en situación regular y no existe ninguna denuncia en su contra.
La Ley Federal de Migración refiere que el INM podrá llevar a cabo sus funciones de control migratorio en lugares distintos a los destinados al tránsito internacional de personas por mar y aire, a solicitud expresa debidamente fundada y motivada de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
El personal del Instituto tiene prioridad, con excepción del servicio de sanidad, para inspeccionar la entrada o salida de personas en cualquier forma que lo hagan, ya sea en medios de transportes nacionales o extranjeros, marítimos, aéreos o terrestres, en los puertos, fronteras y aeropuertos.
Ningún transporte aéreo o marítimo en tránsito internacional podrá salir de aeropuertos o puertos, antes de que se realice la inspección de salida por el instituto y de haber recibido la autorización para su despacho.
El extranjero cuya internación sea rechazada por el instituto por no cumplir con los requisitos de ley deberá abandonar el país por cuenta de la empresa que lo transportó, sin perjuicio de sanciones.
El rechazo es la determinación adoptada por el instituto en los filtros de revisión migratoria ubicados en los lugares destinados al tránsito internacional de personas por tierra, mar y aire, por la que se niega la internación regular de una persona a territorio nacional por no cumplir con los requisitos de la Ley de Migración, su reglamento y demás disposiciones.







