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Por el delito de falsedad de declaración ante la autoridad o fedatario público, dos personas fueron sentenciadas cada una a tres meses de prisión por el juez Mixto de Primera Instancia con sede en el municipio de Pabellón de Arteaga.

En el primer caso, en mayo de 2011 Mateo Hurtado Arroyo fue citado a declarar ante el Ministerio Público para ampliar la denuncia que había interpuesto días antes en la que señaló a su esposa como responsable por el delito de robo.

Sin embargo, el Ministerio Público determinó que lo dicho por Hurtado Arroyo no se apegaba a la verdad y que había mentido en su declaración con dolo, por lo que inmediatamente integró la averiguación previa en su contra.

Tras recabar todos los elementos pertinentes, se solicitó al citado juez que otorgara la orden de aprehensión, con la cual policías ministeriales se trasladaron al domicilio de Mateo para arrestarlo.

Una vez frente al Ministerio Público, el hoy sentenciado aceptó que había mentido en varios de los datos que proporcionó en un inicio. Finalmente, se le dictó un castigo de tres meses de prisión.

La segunda sentencia condenatoria fue dictada en contra de Martha Elena Estrada Serna por el mismo delito.

En septiembre de 2010, Estrada Serna se presentó ante el Ministerio Público para entregar una denuncia por escrito en la que afirmaba que había sido víctima de un robo en el cual los amantes de lo ajeno se habían apoderado de una camioneta Dodge, pick up, y 40 mil pesos en efectivo que se encontraban dentro de la guantera del vehículo.

De igual manera, el Ministerio Público determinó que lo declarado por la hoy sentenciada no se apegaba a la verdad y que había mentido en su declaración con dolo, por lo que inmediatamente integró la averiguación previa, y se emitió la orden de aprehensión.

La mujer fue detenida y admitió que había mentido. El mencionado juez, tras estudiar los hechos, la sentenció a tres meses de prisión y le impuso una multa de 544 pesos con 70 centavos.