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“Los Familiares Deben Reportar Fallecimientos”

Por Sara Álvarez Fernández

Otto Granados Franco, delegado de Sedesol

Otto Granados Franco, delegado de Sedesol

Los muertos no cobran en el programa “65 y Más”, asegura el delegado de Sedesol en Aguascalientes, Otto Granados Franco, a pesar de que este esquema permite que un tercero cobre a nombre de los beneficiados.

Sin embargo reconoció que no hay un aviso directo del Registro Civil cuando se expide un acta de defunción, sino que son los familiares quienes deben avisar de la muerte; “si no cobrán después de varios meses es un foco rojo para que nosotros investiguemos el caso, y si algún familiar cobró a su nombre deben devolver los recursos”.

Otra estrategia para no depositar a quienes ya fallecieron es la prueba de supervivencia que se realiza cada seis meses, en la que los beneficiarios deben acudir personalmente a la delegación de Sedesol –en Ciudad Industrial– y así demostrar que siguen vivos.

Uno de los principales requisitos de este programa es no recibir ingresos superiores a mil 92 pesos mensuales por concepto de pago de pensión por cesantía en edad avanzada o vejez bajo el régimen de la Ley del Seguro Social.

El apoyo se cancela a los beneficiarios que no cobren el apoyo en tres ocasiones consecutivas, que no acudan a comprobar su supervivencia o a actualizar sus datos o por renuncia voluntaria, solicitando su baja definitiva del programa al promotor mediante escrito libre, dirigido al delegado estatal de la Sedesol, donde especifique el motivo.

Los apoyos pueden ser mediante transferencias electrónicas o en efectivo.

En caso de que el beneficiario presente alguna enfermedad o discapacidad temporal y no le sea posible acudir a recibir personalmente el apoyo económico, podrá hacerlo a través de un representante, quien al momento del pago deberá presentar una constancia médica emitida por institución oficial que acredite dicha circunstancia, que sólo será válida por dos bimestres, pero debe renovarla en caso de subsistir la enfermedad o discapacidad temporal.

“El objetivo es asegurar un ingreso mínimo y apoyos de protección social a las personas adultas mayores de 65 años de edad en adelante que no reciben ingreso mensual superior a mil 92 pesos por concepto de jubilación o pensión de tipo contributivo, aún aquellos que no se pueden levantar de una cama”, subrayó Granados Franco.