Loteria Nacional App IMSS Trato Digno Loteria Nacional IMSS Trato Digno 2 Loteria Nacional IMSS Trato Digno 3 Loteria Nacional Loteria Nacional

Una vez más…

Por Benny Díaz

Fernando Alférez Barbosa (Foto: Archivo)

Fernando Alférez Barbosa (Foto: Archivo)

Fernando Alférez Barbosa no se da por vencido y sigue insistiendo en que Aldo Ruiz Sánchez, delegado de la Secretaría del Bienestar, hace mal uso de los recursos de los programas sociales. Según Alférez Barbosa, el delegado usa ese dinero para promocionar su imagen y realizar actos anticipados de campaña, aunque hasta el momento, el funcionario federal no aspire a ningún cargo de elección popular.

Es así que el Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA), en su décima sesión virtual declaró, por unanimidad, “inexistentes” los delitos que Fernando Alférez insiste en que cometió Aldo Ruiz. Aseguraron que el delegado no ha cometido ninguna infracción por la que tengan que amonestarlo o sentenciarlo.

En esta ocasión, Alférez Barbosa, en el expediente TEEA-PES-004/2021, y previa denuncia interpuesta ante el IEE, aseguró que Ruiz Sánchez promocionó su imagen, utilizó recursos públicos y cometió actos anticipados de campaña al otorgar una entrevista para un medio digital en donde habló del Instituto de Salud del Bienestar (Insabi).

Como prueba de eso, Fernando Alférez les llevó a los magistrados una captura de pantalla. Al estudiar dicho expediente y analizar –una vez más– el caso, decidieron que no hay evidencia de los delitos que el esposo de Nora Ruvalcaba Gámez le atribuye a Aldo Ruiz Sánchez.

En esta ocasión, Fernando Alférez también se fue en contra de Edson Jair Fuentes Gutiérrez, adscrito a la Secretaría del Bienestar, por haber sido “utilizado” por Aldo Ruiz Sánchez para promover su imagen, algo que también fue desechado.

La magistrada Laura Hortensia Llamas Hernández fue quien llevó el caso, y expuso a Salvador Hernández Gallegos y Claudia Eloísa Díaz de León González que “debemos tener presente el primer hecho, que consistió en una entrevista entre una periodista y un servidor público, a la luz de la sala superior; fue un ejercicio periodístico”.

La magistrada destacó que no fue posible acreditar la autoría de algo en contra del servidor público denunciado por la supuesta promoción personalizada, ya que el denunciante “no presentó pruebas suficientes e idóneas en materia del procedimiento sancionador, como corresponde para probar los hechos de forma objetiva y razonable; sólo fueron capturas de pantalla”.

Luego de la votación, que fue unánime, se resolvió que “son inexistentes las infracciones atribuidas a Aldo Ruiz Sánchez”.