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“Y Cuatro en el País”

Por Benny Díaz

Estuvo en Aguascalientes Luis Gerardo de la Peña Gutiérrez, consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de México

Estuvo en Aguascalientes Luis Gerardo de la Peña Gutiérrez, consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de México

“La reforma laboral tardará en implementarse tres años en los estados y cuatro en todo el país, eso a partir de su promulgación el pasado 1 de mayo”, dijo Luis Gerardo de la Peña Gutiérrez, consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de México, durante su visita a Aguascalientes para ofrecer una conferencia magistral en el Supremo Tribunal de Justicia.

Luis Gerardo de la Peña Gutiérrez, consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de México y responsable del programa de Capacitación de la CONATRIB en materia de justicia laboral, sostuvo reunión de trabajo con la presidenta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, magistrada Gabriela Espinosa Castorena, en torno a la implementación del sistema de justicia laboral en la entidad.

El día 1 de mayo se publicó la reforma laboral, la cual consiste en modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social y Ley del Infonavit, entre otras y de 569 artículos con cambios; 555 pertenecen a la Ley Federal del Trabajo.

El 2 de mayo entraron en vigor en lo general. Los cambios que consideramos más relevantes son: El trabajo es un derecho y deber social. Debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida digna y la salud de los trabajadores y sus familiares dependientes.

En cuanto a los sindicatos, los patrones y los trabajadores, podrán constituir las organizaciones que estimen convenientes, podrán decidir si pertenecen al sindicato; los líderes de estos sindicatos serán elegidos por medio de votación de los trabajadores de manera libre, secreta y directa.

También desaparecen las Juntas de Conciliación y Arbitraje para dar paso al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) que tendrá como objetivo resolver controversias entre las partes y registrar a nivel nacional los contratos colectivos.

El director de este Centro será designado por el Senado de una terna enviada por el presidente de la República y los conflictos individuales que se presenten ante el tribunal contarán con un plazo no mayor a 45 días naturales en el proceso de conciliación, agilizando el proceso.

Las controversias entre los asegurados o sus beneficiarios y el IMSS, sobre las prestaciones que otorga la Ley del Seguro Social, se deben tramitar ante los Tribunales Federales en materia laboral; en el caso de cuando sean los patrones con el IMSS, se llevarán a cabo ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Los patrones están obligados a proporcionar copia del contrato colectivo al trabajador. Este contrato tiene que estar aprobado por el Centro Federal, esto dentro de los 15 días siguientes a que se deposite el contrato en éste.

El trabajador debe tener acceso a la información detallada de los conceptos y deducciones de su pago.

Se obliga a los patrones a implantar un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención a los casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual, de igual forma la erradicación del trabajo infantil forzoso.

El patrón tiene que llevar un padrón especial de los trabajadores contratados por estacionalidades para registrar la acumulación y establecer la antigüedad en el trabajo y así calcular las prestaciones y derechos derivados del tiempo sumado de trabajo.

Los recibos de pago deberán entregarse al trabajador en forma impresa o por cualquier otro medio, sin perjuicio de que el patrón lo deba entregar en documento impreso cuando el trabajador así lo requiera.

Los recibos impresos deberán contener firma autógrafa del trabajador para su validez; los recibos de pago contenidos en comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) pueden sustituir a los recibos impresos; el contenido de un CFDI hará prueba si se verifica en el portal de Internet del Servicio de Administración Tributaria.