Con Multas, Servicio Comunitario o Arresto de 36 Horas
Por Benny Díaz

Moisés de Luna Martínez
Los menores de edad que cometían faltas contra la ley eran detenidos y llevados a las celdas del C4, donde debían cumplir 36 horas de permanencia si no podían pagar la sanción económica o conmutarla por trabajo comunitario. Pero la situación se volvió crítica: eran tantos los niños y adolescentes que ingresaban, y tan frecuente la omisión de los padres –que incluso algunos consideraban casi una “bendición” no tener que ir por ellos– que se decidió habilitar un espacio aparte.
Así nacieron los Juzgados Cívicos Especializados para Personas Adolescentes, donde no hay rejas, pero sí permanecen encerrados, explicó Moisés Luna Martínez, director de Juzgados Cívicos.
“Las familias ahora son diferentes al pasado. Los menores de edad pasan tiempo en la calle, a veces más del necesario, y realizan varias acciones que constituyen delitos como riñas, entre otros, por lo que los elementos policiacos deben llevarlos ante la presencia del juez. Entonces es cuando los padres de familia deben acudir por ellos, porque en su calidad de menores de edad, los responsables son los padres, quienes tienen que responder por sus hijos”.
Sí hay reincidentes, porque como es sabido, existen puntos rojos en la ciudad donde se reúnen en grupos o pandillas, y cuando se enfrentan entre sí, debe intervenir la autoridad. Hay quienes incluso ya son conocidos por las instancias correspondientes. Actualmente no se busca que los menores permanezcan en las instalaciones de los juzgados, ya que, sobre todo los fines de semana y días festivos, se alcanza casi el límite de capacidad.
Por ello se avisa a los padres o tutores para que acudan por ellos. El funcionario considera positivo que existan medidas en las que tanto el menor infractor como los padres tomen cursos para mejorar la convivencia familiar y evitar verse envueltos en situaciones que podrían derivar en delitos más graves con consecuencias penales.
Y como hay padres que no están dando la importancia debida al hecho de que sus hijos sean llevados a los juzgados cívicos, ni tampoco acuden por ellos, ya se analiza imponer una sanción económica a los adultos responsables de los infractores. Esta podría equivaler a 10 UMA’s (Unidades de Medida y Actualización), cantidad que variará según el incremento anual. Si no cuentan con los recursos, podrían recurrir al servicio comunitario o cumplir 36 horas de privación de libertad.