A más Tardar el 28 de Abril

Por Benny Díaz

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Clara Beatriz Jiménez González (Foto: Ernesto Martínez Reyes)

“Imparcialidad y equidad se deben garantizar en la elección del Poder Judicial y quienes sean candidatos deben separarse de la función pública”, se determinó en la sesión extraordinaria del consejo general del Instituto Estatal Electoral, por lo cual los aspirantes que ocupen un puesto público deberán separar al mismo a más tardar el 28 de abril.

En esta reunión, que fue dirigida por Clara Beatriz Jiménez González, consejera presidenta del IEE, se aprobaron los lineamientos para garantizar la imparcialidad y la equidad en el proceso electoral extraordinario del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, medidas preventivas y de control que deberán seguir los poderes estatales, partidos políticos, candidaturas y servidores públicos, para llevar a buen puerto los comicios en que se elegirán magistrados y jueces de primera instancia.

Entre las susodichas medidas a acatar durante el proceso, se incluyen los lineamientos de propaganda gubernamental, órganos autónomos, dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno; deberá tener carácter institucional, con fines informativos, educativos o de orientación social, evitando incluir nombres, imágenes, voces, preferencias religiosas o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier persona servidora pública.

Los servidores públicos deberán abstenerse de asistir en días y horarios hábiles a eventos proselitistas a favor de una o varias candidaturas, también están prohibidas aportaciones del erario para favorecer o perjudicar a candidaturas con difusión en redes sociales, institucionales o entrevistas de manifestaciones a favor o en contra de candidatos, así como condicionar entrega de programas sociales o rendir informes laborales.

Los candidatos que se desempeñan dentro del servicio público del estado, deberán abstenerse de utilizar recursos públicos económicos, materiales o humanos, para llevar a cabo actos proselitistas; coaccionar o ejercer intimidación o presión a personal adscrito a la estructura del área que labora para realizar actos de campaña, entre otras actividades.

Los partidos políticos tienen prohibido realizar proselitismo o posicionarse públicamente en medios de comunicación, impresos o digitales, a favor o en contra de determinadas candidaturas o entregar material de alguna candidatura o difundir encuestas o sondeos de opinión que influyan en las preferencias electorales.

Los lineamientos incluyen evitar conflictos de interés por parte de los candidatos que estén en el servicio público en niveles electorales federales, locales, administrativas y judiciales, o que conozcan de la investigación o resolución de los procedimientos penales instaurados por la probable comisión de delitos electorales, exhortándoles a separarse del cargo a más tardar al día previo del inicio de las campañas electorales que es el próximo 28 de abril.

Si hay incumplimiento en uso de recursos públicos y conflicto de interés, se remitirá a las autoridades competentes para la investigación y resolución de la posible falta o delito.