Se la Aplica la Sala Monterrey

Por Benny Díaz

Fotografía relevante a la nota.

Karla Espinoza Esparza

Por un lado Karla Espinoza Esparza tuvo el gusto de recibir disculpas públicas debido a las acusaciones realizadas en enero contra su esposo, pero horas más tarde la Sala Monterrey le hizo perder la sonrisa cuando dictó la sentencia definitiva sobre el juicio para la protección de los derechos político-electorales. Validaron lo que ya había hecho el Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA), pues sólo se modificó el acuerdo en donde la excandidata neomorenista es inelegible para ocupar la primera regiduría de representación proporcional en el ayuntamiento de Jesús María para el trienio 2021-2024.

Según el expediente SM-JDC-8001/2021 que llevó la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, Karla Espinoza “se queja de que ciertos promoventes en la instancia local no tenían interés jurídico para impugnar, que el Tribunal reconoció ese hecho y sustentó su decisión en que contaban con interés legítimo, lo cual no está combatido”.

El segundo punto es la renuncia a la militancia antes de la mitad del mandato, es requisito de elegibilidad para que una persona sea electa de manera consecutiva por un partido diverso al que originalmente se postuló. Hay que recordar que Espinoza Esparza se convirtió en regidora porque fue la abanderada del Partido Libre de Aguascalientes para la alcaldía de Jesús María, y al no ganar pero obtener la cantidad de votos suficientes, se quedó con la regiduría.

Cuando era la “carta fuerte” del PLA, a Karla le llegó el canto de las sirenas de algunos actores de Morena, quienes la convencieron de que tenía todo para vencer a José Antonio Arámbula López, con quien ya traía algunas diferencias por querer brincarse las jerarquías, y la convencieron de irse al Movimiento de Regeneración Nacional.

Pero eso no fue todo, cuando el panista la vence en las urnas y es reelecto, a Karla se le presentó un problema. Al revisar su cumplimiento con motivo de la asignación de regidurías correctamente, se consideró inelegible, pues cuando el padrón de militantes del INE no prueba la afiliación, cierto es que la renuncia presentada se desvirtuó al acreditarse la realización de actos partidistas con posterioridad a la presentación de la renuncia y después de la mitad de su mandato.

Ahora lo que puede suceder es que sea la mamá de Karla, Aurelia Esparza Rodríguez, quien ocupe su lugar.