El Supremo Tribunal de Justicia del Estado redujo a 19 años de prisión la condena a Heriberto Gaytán García, que violó en 2013 a su hijastra de entonces seis años de edad.
El 8 de marzo de 2013, alrededor de las 14:00 horas, Heriberto se encontraba con su esposa y los dos hijos de ella, en un domicilio ubicado en el fraccionamiento Progreso Sur, en Pabellón de Arteaga; en determinado momento, el delincuente condujo a la víctima a su habitación para realizar actos aberrantes en su contra, y al ser sorprendido por la mujer huyó de inmediato.
La madre de la menor se presentó ante el Ministerio Público para interponer la denuncia correspondiente y tras integrarse la averiguación previa se emitió y cumplimentó la orden de aprehensión en contra de Gaytán García por el delito de violación equiparada.
En octubre de 2016, el juez Mixto de Primera Instancia, con sede en el municipio de Pabellón de Arteaga, sentenció al agresor a una pena privativa de libertad consistente en 22 años y seis meses de prisión, así como el pago de una pena pecuniaria de 300 días de multa y el pago de la terapia psicológica a la víctima.
Sin embargo, un mes después el inculpado interpuso una apelación en contra del fallo y en marzo de 2018 la Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Aguascalientes determinó reponer el procedimiento, a fin de que se desahogara un interrogatorio a cargo de la víctima; sin embargo, tal resolución fue recurrida por el sentenciado hasta la revisión, sin que se lograra cambiar el sentido de la resolución del Tribunal de segunda instancia, motivo por el que quedó firme la sentencia y se ordenó desahogar el interrogatorio a cargo de la víctima.
Durante la instrucción, el inculpado se desistió del susodicho interrogatorio y en enero de 2020 se procedió a decretar nuevamente el cierre de instrucción, por lo que en el mes de marzo se dictó por segunda ocasión sentencia condenatoria, idéntica a la anterior.
Finalmente, en junio Heriberto interpuso apelación en contra de la sentencia emitida, por lo que tras un análisis exhaustivo, la Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado resolvió modificar la sentencia y la fijó en 19 años, un mes y 15 días de prisión, una multa de 34 mil 348 pesos y la reparación del daño.







