“No Pasará ni por Comisiones ni al Pleno Legislativo”
Por Gabriela Jiménez Castañeda

Juan Guillermo Alaniz de León, diputado local (Foto: Eddylberto Luévano Santillán)
Ya no hay la necesidad de legislar el tema de la aprobación de los matrimonios igualitarios en Congreso del Estado, “ya no hay necesidad de pasarlo ni a Comisiones ni al Pleno porque ya así lo mandata la Suprema Corte”, comentó a Página 24 el diputado presidente de la Comisión de Justicia en el Legislativo local, Juan Guillermo Alaniz de León.
Sobre el particular, recordó, “ya hay una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), nosotros la estamos acatando”, por tanto, dijo, “no hay necesidad de momento de hacer modificaciones al Código Civil, ya de facto lo establece la sentencia en donde se menciona el tema de matrimonio entre personas del mismo sexo.
Ya ahorita cualquiera que quiera contraer el contrato civil lo podrán hacer de manera inmediata cubriendo los requisitos establecidos, no hay necesidad de hacer modificaciones al Código”.
Mandato que subrayó, “entra en vigor desde el momento de la notificación, entonces no hay mucho por hacer nosotros, acataremos la instrucción, somos un país de instituciones, en donde quien se vea o quien se sienta agredido en sus derechos podrá recurrir como este caso”, explicó que “es una extensión del documento de inconstitucionalidad por parte de la Comisión de los Derechos Humanos, hace extensión a los artículos del Código Civil, y la resolución así lo establece, y nos mandata que dejemos sin efecto esos artículos”.
De esta forma, “no solo al Legislativo, sino a las áreas administrativas como lo es el Registro Civil”, están obligadas a acatar dicha resolución, manifestó el legislador panista.
En cuanto a la iniciativa en materia que presentará en la sesión plenaria de la anterior semana, la coordinadora del Grupo Parlamentario del PRI, Elsa Landín Olivares, su homólogo –coordinador de la bancada mixta PAN-PRD–, Guillermo Alaniz dijo que si bien aún no analiza la referida iniciativa, “en el caso del contrato civil si así fuera el sentido de la iniciativa de la diputada Elsa, prácticamente ya carece de objeto, porque la Suprema Corte ya lo estableció, ya suprime ciertas palabras o ciertos párrafos de los artículos 143 y 144 del Código Civil y por ende ya permite el contrato civil entre dos personas sin mencionar género”, concluyó el panista.







