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La Mayoría por Delitos Contra la Salud

Por Benny Díaz

Centro Tutelar Para Menores

Centro Tutelar Para Menores

Según los registros del Supremo Tribunal de Justicia de Estado (STJE) durante 2018 se logró sentenciar a 78 menores de edad, los cuales purgan su condena en el Tutelar Para Menores, los delitos más comunes fueron contra la salud, robo y lesiones.

Es por delitos contra la salud el que mayor infractores hubo durante 2018 y cuyos juicios se llevaron a cabo bajo el Sistema Penal Acusatorio, por lo que se lograron 52 sentencias que son por varios años según cada caso en específico y estarán en ese lugar hasta que cumplan la mayoría de edad y en caso de no haber compurgado la condena entonces serán trasladados al Cereso de varones o femenil, según corresponda.

En cuanto al género no hay una estadística, pero se presume que la mayoría que han incurrido en este delito son adolescentes hombres, quienes por diversas circunstancias en su vida terminan en situación de calle o sencillamente por inmiscuirse en el consumo de estupefacientes.

El segundo delito con más jóvenes delincuentes fue el de robo; del cual solo hubo 14 juicios con su respectiva sentencia y el cual también se da por buscar con qué costear adicciones y los menos porque se juntan con adultos que los inducen a delinquir y son ellos los que han sido capturados, juzgados y sentenciados.

En cuanto al delito de lesiones sólo fueron siete los que fueron encontrados culpables por un juez y sentenciados a compurgar una condena, en estos dos últimos casos las condenas no son tan altas como para que tengan que pasar a terminar los años en prisión a un Cereso, aunque sí se puede dar el caso.

En este sistema de justicia se tiene contemplado que los menores de edad deben de ser juzgados con un proceso igual que al de un adulto, de acuerdo a la infracción cometida pero sí las condenas son menores.

En el juicio penal acusatorio hay un Ministerio Público que acusa y un abogado defensa; se realizan mediante una confrontación de pruebas y argumentos de cada una de las partes. Ambas deben ser escuchadas, comentadas, negadas o aclaradas ante un juez imparcial.

Es oral porque a diferencia del sistema anterior, el juicio se realiza mediante un debate frente al juez que debe estar siempre presente, y no como antes, que todo era de manera escrita y el juzgador deliberaba y luego las partes conocían la sentencia hasta que era publicada.

El Supremo Tribunal de Justicia asegura que con esta nueva modalidad se da celeridad a los asuntos y por eso es que se ha ido avanzando en cuanto al número de juicios que concluyen en sentencias, porque antes, al hacer todo por escrito y dar términos para cada uno de los pasos que se daban tanto el que acusaba, como el que defendía, podían pasar incluso años antes de llegar a concluir un juicio.

También se manifestó que con esto se ha visto una disminución en el caso de menores infractores que llegan a ser sentenciados, ya que por los delitos cometidos así lo ameritan.