“Por Vacíos Legales y Malas Investigaciones”
Por Gabriela Jiménez Castañeda

Iván Sánchez Nájera, legislador local (Foto: Eddylberto Luévano Santillán)
Graves desaciertos en la ley aprobada el pasado 27 de julio impiden que el feminicidio sea juzgado como tal, expresó el legislador Iván Sánchez Nájera, quien presentó una iniciativa para reformar el tipo penal de ese delito.
“El Instituto Aguascalentense de la Mujer y la Fiscalía del Estado no tiene datos exactos acerca del número de feminicidios en Aguascalientes, lo cual representa per se una forma de violencia política institucional”, refirió.
En ese sentido, el diputado por el PRD expuso que en la actualidad el tipo penal de feminicidio, es decir, la descripción para que se configure ese delito, contempla que se demuestren las 10 causales de género, que son:
I. Exista o haya existido entre el activo y la víctima una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, noviazgo, amistad o cualquier otra relación de hecho;
II. Exista o haya existido entre el activo y la víctima una relación laboral, docente o cualquiera otra que implique confianza, subordinación o superioridad;
III. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
IV. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones, previas o posteriores a la privación de la vida;
V. Existan antecedentes o actos de amenazas, violencia o lesiones de cualquier tipo por parte del sujeto activo contra la víctima;
VI. El cuerpo de la víctima sea expuesto, depositado o arrojado en lugar público;
VII. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de su vida;
VIII. Que el activo haya obligado a la víctima a ejercer la prostitución, o haya ejercido actos de trata de personas en agravio de la víctima;
IX. Cuando la víctima se haya encontrado en estado de indefensión, entendiéndose ésta como la situación de desprotección real o incapacidad que imposibilite su defensa;
X. Cuando el sujeto activo abuse de su cargo público para la comisión del delito.
En contraste, Iván Sánchez Nájera expresó: “Nuestra reforma contempla que se configure feminicidio con solo acreditar una sola causal de género”.
Indicó que otro error que maneja el delito actual de feminicidio radica en que remite de forma expresa al delito de homicidio, al referir: “En caso de que no se acredite el feminicidio se aplicarán las reglas del homicidio doloso’’.
El diputado aseguró que esa redacción es ilegal, ya que en materia penal está prohibido cambiar de un hecho delictivo a otro, por lo cual resaltó: “Nuestra reforma elimina esta anomalía y propone señalar con exactitud la pena que se aplicará cuando no se acrediten las causales de género, es decir, se le impondrán de ocho a 20 años de prisión y de 25 a 250 días de multa, así como el pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, privándose además al responsable de los derechos familiares que le correspondan con relación a la víctima, incluidos los de derecho sucesorio’’.
Otro desacierto que refirió de cómo está contemplado actualmente el feminicidio es que carece de armonía con otras descripciones de hechos delictivos, “en este caso con el homicidio doloso, ya que en materia penal existe el concurso aparente de normas, ello significa que dos o más normas pueden aplicar a un mismo hecho delictivo, y para solucionar este conflicto se debe aplicar la que beneficie en pena al inculpado o autor, y en este caso el feminicidio contempla imponer como pena de prisión de 40 a 60 años, mientras que el homicidio doloso se castiga con ocho a 20 años de prisión”.
En ese sentido, destacó Iván Sánchez Nájera: “Nuestra propuesta es crear un tipo penal de feminicidio simple agravado, que es el previsto en caso de no acreditarse alguna causal de género; se impone una pena más baja pero que continúa siendo el delito de feminicidio sin afectar otros hechos delictivos que podrían ser aplicables; con lo que se asegura que se persiga y sancione de una vez por todas a aquellos que cometan este delito”.
El legislador local dijo que atendiendo a la importancia social de castigar el feminicidio, “nuestra reforma también contempla imponer de tres a ocho años de prisión a aquellos servidores públicos que retarden o entorpezcan, ya sea negligente o dolosamente, una investigación por este hecho delictivo y, además, se les destituirá e inhabilitara de tres a 10 años de su cargo”.
El perredista expuso que, derivado de esos errores en la ley, no se descarta que un significativo número de hechos que fueron catalogados como suicidios en Aguascalientes, en realidad se traten de feminicidios.
“El mapa de feminicidios nos da al menos nueve feminicidios en Aguascalientes, de 2016 a la fecha, cinco de estos han sucedido en este año. Estamos convencidos que en realidad la cifra es mayor, pero que las carencias legales han impedido que sean trabajados como tal; mucho intuimos que un número importante de los suicidios que hay en Aguascalientes han sido feminicidios que se esconden tras malas investigaciones y ausencias legales”, concluyó Iván Sánchez Nájera.