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Personal del Vivero Municipal Ofrece Asesorías en la Materia

No cualquier especie de árboles es ade­cuada para plantar en las áreas verdes de las banquetas, ya que con el paso del tiempo, por sus propias características, terminan levantando la acera, obstaculizando el paso peatonal o generando daños en la infraes­tructura; así lo informó el secretario de servicios Públicos del Municipio de Aguas­calientes, Héctor Eduardo Anaya Pérez.

Destacó que las especies ideales para este tipo de espacios son: tulia, trueno y ciprés, que además, se adaptan con mayor facilidad al tipo de clima que tenemos en esta región del país.

Dijo que por desconocimiento o la equi­vocada elección, es muy común observar banquetas levantadas y muros de casas averiados por el desmedido crecimiento de las raíces de algunos árboles, por lo que es importante que la población cuente con la información necesaria y realice la plantación de acuerdo al espacio y otras características.

“En el caso de los particulares que planean la siembra de árboles en el frente o costados de sus fincas, es muy recomendable que pre­viamente se asesoren e investiguen cuáles son las idóneas de acuerdo a las caracterís­ticas del espacio, tipo de suelo, consumo de agua y orientación de la banqueta con respecto al sol, entre otras”.

Agregó que la dependencia a su cargo cuenta con el personal capacitado en las instalaciones del Vivero Municipal, para ofrecer este tipo de asesorías, a fin de que se puedan sembrar especies vegetales que sean de fácil mantenimiento y que no perjudiquen el entorno.

Anaya Pérez detalló que en el Reglamento de Parques, Jardines y Áreas Verdes del Municipio de Aguascalientes, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguas­calientes el 14 de septiembre del 2015, se especifica en su artículo 35 la prohibición de plantar en las banquetas ubicadas en los tramos que correspondan al frente y costa­dos de las edificaciones particulares, árboles de las especies: cedro blanco, cedro limón, ciprés de Arizona, tuja, araucaria, fresno, ja­caranda, álamo blanco, chopo, ficus, palma abanico, mezquite, palo bobo, pirul, encino, tabachín, lila y framboyán.

“El mismo documento advierte en su artí­culo 36, que quien no observe lo estipulado en el artículo 35, plante en la banqueta cual­quiera de las especies citadas y luego solicite al Municipio el derribo o reubicación de éstas, deberá hacerlo previo permiso de la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.”

Finalmente, Anaya Pérez reiteró que para el depósito de ramas y residuos de poda por parte de los particulares, la Dirección de Parques y Jardines ha dispuesto contenedo­res especiales de color verde en diferentes puntos de la ciudad, subrayando que quien sea sorprendido depositando este tipo de desechos en los contenedores amarillos des­tinados para los residuos sólidos urbanos, en terrenos baldíos o en la vía pública será sancionado mediante un apercibimiento o una multa económica que va de los tres a 10 días de salario mínimo vigente en el Estado de Aguascalientes.