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“Dos de Cada Tres Mujeres en Aguascalientes Sufren Acoso”

Por Gabriela Jiménez Castañeda

Iván Sánchez Nájera, legislador local (Foto: Eddylberto Luévano Santillán)

Iván Sánchez Nájera, legislador local (Foto: Eddylberto Luévano Santillán)

tipificar como falta administrativa el acoso callejero en Aguascalientes, por lo que presentó una iniciativa de ley referente al tema.

“Debido a la situación social que vivimos, la violencia contra la mujer en todas sus expresiones conocidas es la consecuencia de poderes históricamente desiguales entre un hombre y una mujer.  Es una ofensa a la dignidad humana y una grave violación a los derechos humanos”.

Sobre este asunto, el diputado por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) indicó que “esta violencia limita a las mujeres, el goce y el ejercicio de sus derechos y libertades; derechos que van desde la dignidad humana hasta el libre tránsito”.

Refirió que la propia Organización de Naciones Unidas (ONU) en su recomendación general 19 “incluye la violencia basada en el sexo y en el tránsito callejero, señala que una violencia contra la mujer es discriminación especial porque se le agrede por el sólo hecho de ser mujer”.

Reprobó Iván Sánchez Nájera que existan juicios “en la mentalidad que señalan que no hay diferenciación entre la violencia en general y la violencia hacia la mujer. Estoy seguro que una vez que se presente esta iniciativa habrá voces que lo reclamen y que digan que ya existen las normativas contra la violencia en general”.

Sin embargo, reiteró que “el hecho es que a la mujer se le agrede por el simple hecho de ser mujer, y eso nos obliga como legisladores a presentar iniciativas que atiendan específicamente este problema”.

Sánchez Nájera explicó que la violencia callejera implica “una serie de conductas físicas, verbales, de connotación sexual llevadas a cabo contra una persona sin su consentimiento, estas conductas son en espacios públicos, y hablamos de piropos, de besos, jadeos, gestos obscenos, hasta otros que pudiéramos considerar más graves, como tocamiento, roce con genitales expuestos o no, tomar fotografías y video sin consentimiento”.

Asimismo, dijo que son pocas las mediciones de este tipo de violencia hacia el sector femenino, “una de ellas es la estadística sobre prevalencia total de la violencia contra las mujeres, son indicadores del año 2011, en el que se evalúan a mujeres de 15 años o más.

En esta medición que se hizo a nivel nacional, Aguascalientes ocupa el noveno lugar con mayor índice de violencia contra la mujer; señalando un 63 por ciento de víctimas mujeres, es decir, dos de cada tres mujeres en el estado han sufrido acoso callejero”.

De igual manera hizo mención de otra medición del año 2015, “de Cristian Alin Castellanos Rivero, en donde además de indicar que en México no existe un marco legislativo que proteja a las mujeres del acoso sexual en la vía pública, también menciona que en Aguascalientes al menos la tercera parte de las mujeres de 15 años o más han sido víctimas de agresión pública, de tipo acoso callejero, de éstas el 90 por ciento sufrió intimidación, y un 40 por ciento abuso sexual”.

Prácticas que generan un impacto psicológico negativo, “así como una sensación de inseguridad y constituyen un obstáculo para el ejercicio de la libertad”, agregó el representante popular.

Señaló la necesidad de tipificar este acoso como falta administrativa con el objetivo de que quien incurra en estas prácticas sea sancionado.

“Es importante que nos señalen cuántas sanciones se han aplicado en Aguascalientes por acoso callejero, es real, el marco normativo ya implica la violencia en la calle, (pero) la realidad es que, al no tenerlo explícitamente en la ley, no se sancionan estas acciones.

Lo que buscamos es llevar los focos al acoso callejero para regresarle el derecho al libre tránsito a las mujeres y a las personas que por razones de género están siendo violentadas.

“La medida es sencilla: se trata de hacerlo explícito en el artículo 179 de la ley municipal para el estado de Aguascalientes, hacer explícita la falta del acoso callejero; en la práctica cualquier elemento de seguridad pública tendrá la obligación a quien esté aplicando el acoso callejero, sea por testigo o por denuncia, para presentarlo ante el juez calificador quien deberá de aplicar la sanción; puede haber sanción económica, privación de la libertad hasta por 36 horas y en todos los casos, deberán de acudir a cursos de sensibilización en materia de género”, concluyó Sánchez Nájera.