Sólo 37 Derechohabientes del IMSS la Solicitaron
Por Sara Álvarez Fernández

Los trabajadores tienen derecho a cinco días con goce de sueldo (Foto: Eddylberto Luévano Santillán)
Pocos aguascalentenses aprovechan la licencia de paternidad que otorga el IMSS por el nacimiento de un hijo o su adopción. La dependencia dio a conocer que en lo que va del año sólo ha expedido 37 de estos permisos que están establecidos en la Ley Federal del Trabajo para que los hombres cuenten con cinco días laborables con goce de sueldo.
Desde el primero de diciembre de 2012 todos los trabajadores que se conviertan en padres pueden gozar de este derecho y el patrón deberá considerarlos como días efectivamente laborados para pagar las cuotas obrero–patronales, aportaciones y amortizaciones de crédito correspondientes.
En el caso de las madres, tienen derecho a recibir atención médica, ayuda en especie por seis meses para lactancia, una canastilla con artículos de cuidado por cada hijo que se tenga, descanso previo y posterior al parto hasta por 84 días naturales y pago de un subsidio, en una sola exhibición, si se cumple con los requisitos.
Quienes se convertirán en madres deben estar inscritas como trabajadoras ante el IMSS y registrarse en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que corresponda de acuerdo al domicilio y tener asignado un consultorio para atención médica.
El médico de la UMF debe certificar el embarazo y la fecha probable de parto para que así puedan obtener la incapacidad por maternidad hasta por 84 días naturales.
El embarazo se certifica mediante exploración física, exámenes de laboratorio y ultrasonidos.
Si se atiende en medio externo al instituto se debe presentar ultrasonido con una vigencia máxima de cinco semanas anteriores a la consulta.
Si la atención del embarazo se lleva en IMSS el médico tratante indicará la fecha en que se expedirá la incapacidad.
En caso de la atención externa la interesada debe presentarse con su médico familiar del instituto en cualquier día de la semana 34 de embarazo.
Para obtener la incapacidad materna la trabajadora debe acudir cualquier día dentro de la semana 34 de gestación para que se expida el certificado único de incapacidad por maternidad o para solicitar la transferencia de semanas del periodo de descanso prenatal al postnatal.
Además presentar documento en el que muestre número de seguridad social, identificación oficial vigente y ultrasonido reciente con una vigencia máxima de cinco semanas anteriores a la consulta.







