Por Incumplir con Aportaciones Patronales
Por Sara Álvarez Fernández
Empresarios del estado tiemblan ante el IMSS, pues en lo que va del año la delegación Aguascalientes de este instituto ha ejecutado 689 embargos para cobrarles seis millones 392 mil 519 pesos, luego de determinar que incumplieron con las aportaciones patronales; así lo dio a conocer la dependencia vía transparencia.
Los embargos pueden aplicarse a bienes inmuebles, acciones, bonos, cupones vencidos, valores mobiliarios y, en general, créditos de inmediato y fácil cobro a cargo de entidades o dependencias de la Federación, estados y municipios y de instituciones o empresas de reconocida solvencia.
También los derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas, patentes de invención y registros de modelos de utilidad, diseños industriales, marcas y avisos comerciales.
Obras artísticas, colecciones científicas, joyas, medallas, armas, antigüedades, así como instrumentos de arte y oficios, indistintamente. Dinero y metales preciosos.
Cuando el IMSS emite un crédito fiscal a un patrón, éste tiene derecho a ser informado al inicio de los actos de cobranza, que los procedimientos seguidos en su contra se realicen de la manera que resulte menos onerosa y no den a conocer sus datos personales.
Además el procedimiento administrativo de ejecución no debe iniciar antes de 15 días hábiles siguientes a la fecha en que surtió efectos la notificación de los créditos cuyo pago requiere el IMSS.
El patrón puede pedir que se suspenda el procedimiento administrativo de ejecución en su contra, cuando se haya interpuesto en tiempo y forma el recurso de revocación.
Una vez que se haya resuelto el recurso de revocación o el de inconformidad, el patrón contará con un plazo de 10 días hábiles siguientes a aquél en que haya surtido efectos la notificación de la resolución recaída al recurso, para pagar o garantizar los créditos fiscales.
La autoridad realizará el embargo precautorio hasta por un monto equivalente a dos terceras partes de la contribución o contribuciones determinadas incluyendo sus accesorios.
Si el pago se hiciere dentro de los plazos legales, el contribuyente no estará obligado a cubrir los gastos que origine la diligencia de pago y embargo, y se levantará dicho embargo.







