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Sala Electoral Desechó el Recurso de Nulidad

Por Sara Álvarez Fernández

Fue unánime la decisión de la Sala Administrativa y Electoral (Foto: Eddylberto Luévano Santillán)

Fue unánime la decisión de la Sala Administrativa y Electoral (Foto: Eddylberto Luévano Santillán)

Por unanimidad, la Sala Administrativa y Electoral del Estado desechó el recurso de nulidad que interpuso la coalición Aguascalientes Grande y Para Todos en contra del resultado de la elección a gobernador, en la que resultó triunfador el panista Martín Orozco Sandoval.

Votaron a favor de la improcedencia los magistrados Alfonso Román Quiroz, Rigoberto Alonso Delgado y el presidente de la sala, Enrique Franco Muñoz, en una sesión que duró 35 minutos.

Fue Alonso Delgado quien expuso las razones por las que no procedían los agravios que argumentaba la alianza encabezada por el PRI: inelegibilidad del candidato, violación a la separación Iglesia–Estado, violación al principio de imparcialidad por la entrega de despensas por parte del Gobierno Municipal y rebasar el tope de gastos de campaña.

El primer rubro se desechó porque el magistrado comentó que, independientemente del fuero, Orozco Sandoval nunca perdió sus derechos político-electorales porque jamás se dio un acto de formal prisión, es decir, nunca pisó la cárcel, “por lo que contó con el derecho de ser candidato y por lo tanto de asumir el cargo, está a su favor la presunción de inocencia”.

Respecto a la intromisión de la Iglesia, la coalición no entregó ninguna prueba de que algún sacerdote hiciera propaganda en contra o a favor de un candidato.

Además se desestimó el argumento de que apoyaban al PAN al hacer referencia a defender a la familia; incluso los números no estuvieron a favor del PRI, pues el magistrado refirió que se estima que 93 por ciento de la población de Aguascalientes es católica, y Orozco Sandoval ganó con votos que equivalen a 27 por ciento de la población, es decir, ni la mitad de los católicos votaron a favor del PAN.

El tercer criterio, respecto a la repartición de despensas por parte del Municipio capital, también se rechazó porque los programas sociales no se pueden suspender en época de elecciones, y el Ayuntamiento entregó la información requerida como reglas de operación, así como el padrón de beneficiarios del programa “Juntos Nutrimos Aguascalientes”.

El último argumento, sobre el rebase de campaña, tampoco fue suficiente para anular el resultado de la elección, pues la queja ya fue resuelta por la Unidad Técnica de Fiscalización del INE.

Al pedir la votación de los magistrados, los tres votaron a favor de declarar improcedente el recurso de nulidad, por lo que se escuharon los aplausos de los panistas ahí presentes.

Entrevistado al finalizar la sesión, Franco Muñoz dijo que la decisión se tomó sin pasión ni presión alguna, sin embargo subrayó que los partidos están en su derecho de impugnar si no están de acuerdo, lo que sería su última oportunidad de lograr la nulidad.